La engañosa exención I-601A

El 2 de abril de 2012, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS), con gran fanfarria, publicó una norma propuesta para permitir a los inmigrantes que tienen peticiones aprobadas de familiares inmediatos (es decir, cónyuge, hijo o hija mayor de 21 años) solicitar una exención de la prohibición de presencia ilegal de 3/10 años “en los Estados Unidos”. La aprobación condicional de la exención I-601A por parte del USCIS haría entonces que la tramitación del visado fuera un proceso muy rápido: el plazo indicado era de un mes. Lo que el USCIS no declaró es lo difícil que sería conseguir la aprobación de la exención I-601A. Hay una serie de razones por las que esta I-601A no está a la altura de lo que se dice.

(1) La exención I-601A sólo resuelve la presencia ilegal de un inmigrante en los EE.UU., y no aborda otros motivos de inadmisibilidad que el inmigrante puede enfrentar. Por ejemplo, muchos inmigrantes han pasado la mayor parte de su vida en EE.UU., y algunos han tenido la desgracia de ser arrestados por la policía. Si el arresto resultó en una condena o una declaración de culpabilidad, incluso si la declaración fue por un delito menor “no significativo” o una violación, el USCIS no adjudicará la exención I-601A. La política del USCIS es que si hay “alguna razón para creer” que el solicitante será inadmisible por otro motivo de inadmisibilidad enumerado, además de la presencia ilegal, no aprobarán la exención.

Aparte de la prohibición penal, algunos inmigrantes entraron en EE.UU. con documentos fraudulentos o hicieron una declaración falsa a un funcionario de inmigración en el momento de la inspección. Estos inmigrantes tampoco podrían optar a la exención I-601A porque el fraude o la tergiversación son motivos de inadmisibilidad.

(2) La exención I-601A no será adjudicada por el USCIS si el inmigrante está actualmente en proceso de expulsión. Antes de presentar la I-601A, debe conseguir que el DHS cierre administrativamente el caso (es decir, que ponga fin al procedimiento). Esto puede no ser fácil de lograr, ya que el Asesor Jurídico Adjunto del Distrito con el DHS/ICE a menudo no está dispuesto a consentir la terminación, y sólo estará de acuerdo con el cierre administrativo.

(3) Incluso si un inmigrante no entra en las categorías mencionadas anteriormente, él / ella debe demostrar al USCIS que su expulsión daría lugar a “dificultades extremas” a su cónyuge o padre ciudadano estadounidense. En este momento, 28 de octubre de 2013, el USCIS no nos ha dado estadísticas sobre la tasa de aprobación de las exenciones I-601A.

Demostrar las dificultades extremas requiere una extensa documentación, y puede ser una propuesta costosa, es decir, un informe psicológico. Mi sensación es que el presidente Obama pensó que este proceso simplificaría y acortaría el tiempo de tramitación de visados para los solicitantes de Visas de Inmigrantes, pero no era consciente de los obstáculos que el USCIS pone para hacer de este proceso uno muy difícil y costoso.

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